To be in good standing – frase que aparece con frecuencia en contratos y otros documentos, cuya traducción literal podría ser “estar bien parado”, pero cuyo significado jurídico no es fácil de descubrir a primera vista.
Cuando nos encontramos con esta frase, generalmente tenemos que utilizar la imaginación para tratar de traducirla correctamente al español, ya que las palabras en sí no nos dicen mucho. Así, encontramos esta frase en: corporation in good standing, union employee in good standing o club member in good standing. ¿Cuál es el común denominador de estas frases? – una investigación rápida nos lleva a entender que se trata de las cuotas que el trabajador sindicalizado o el socio de un club debe pagar periódicamente para poder disfrutar de los beneficios que su pertenencia al sindicado o al club le otorgan. Pero ¿qué pasa en el caso de una sociedad anónima? la respuesta es similar, en el sentido de que la mayor parte de las leyes de sociedades anónimas de los diversos estados de la Unión Americana requieren que periódicamente (en forma anual o bianual) se paguen cuotas y se presenten informes al Secretario de Estado del estado de su constitución, para mantener vigente su registro como sociedad anónima constituida conforme a las leyes de ese estado.
Por tanto, la traducción que podemos utilizar cuando encontremos este concepto será, por ejemplo: “trabajador sindicalizado o socio del club al corriente en el pago de sus cuotas de membresía” y, en el caso de una sociedad anónima, “sociedad anónima con registro vigente en el estado de su constitución”.
Javier F. Becerra es egresado de la Escuela Libre de Derecho de la Ciudad de México, donde recibió su título de abogado el 6 de junio de 1967. Realizó estudios de posgrado como miembro del Trinity College, en la Universidad de Cambridge, Inglaterra, en la especialidad de derecho comparado. Ha laborado por más de 40 años en el despacho Basham, Ringe y Correa de la Ciudad de México, primero como asociado y después como socio; durante varios años formó parte del comité de administración de la firma y, de 2000 a 2003, fungió como socio director.
Su práctica profesional
abarca diversas áreas de la ciencia jurídica: derecho civil y mercantil, derecho bancario y bursátil,
competencia económica, operaciones de empresas maquiladoras de exportación, fideicomisos y
arbitraje comercial. Es especialista en complejos contratos internacionales, en particular fusiones y
adquisiciones, asesorando a importantes clientes multinacionales, lo que le ha dado una gran
experiencia y una amplia visión de las diversas ramas del derecho que regulan la estructura y
operaciones de empresas industriales, comerciales y de servicios, así como de los juicios ante los
tribunales y los procedimientos administrativos en que éstas intervienen. Su preparación académica
y su intensa actividad profesional le han exigido el uso constante de términos en idioma jurídico
inglés norteamericano, tanto en el lenguaje hablado como en el escrito. Su interacción con abogados
extranjeros, especialmente de los Estados Unidos, le ha llevado a identificar y estudiar una gran
cantidad de conceptos, principios e instituciones del derecho mexicano y a compararlos con sus
contrapartes del derecho norteamericano, a fin de poder trasladarlos al idioma inglés o explicarlos
cuando no hay equivalentes y así facilitar la comunicación en la práctica diaria de la profesión a
nivel internacional. Lo anterior se ha visto enriquecido con el curso de Inglés jurídico que el autor
introdujo y ha venido impartiendo en la Escuela Libre de Derecho desde hace 30 años, que en forma
de taller permite a sus numerosos alumnos entender, aprender y comparar la terminología jurídica
mexicana y la norteamericana, descubrir sus similitudes, modalidades, sutilezas, discrepancias e
incompatibilidades y estar en posibilidad de expresarse correctamente en el idioma jurídico. Es
autor del Diccionario de terminología jurídica mexicana (español-inglés) y del Diccionario de
terminología jurídica norteamericana (inglés-español), ambos editados por la Escuela Libre de
Derecho, así como de la versión en línea de este último (https://diccionariojfbecerra.com); ha
publicado diversos artículos en revistas especializadas y ha dado cursos y conferencias sobre temas
de terminología jurídica en diversas ciudades del país y del extranjero.
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Laura Cahue 2019-04-08
P
Para los primeros casos, ¿ podría decir "en cumplimiento con todos los requisitos de la membresía"? Lo digo porque a veces en good standing incluye no haber contravenido ninguna de las reglas , valores o principios del sindicado o club, organizasión, asociación, etc.
Laura Cahue 2019-04-08
P
Para los primeros casos, ¿ podría decir "en cumplimiento con todos los requisitos de la membresía"? Lo digo porque a veces en good standing incluye no haber contravenido ninguna de las reglas , valores o principios del sindicado o club, organizasión, asociación, etc.